Revocada sentencia por acción de tutela contra el departamento
Gobernación de Bolívar salva más de $3.000 millones
· Con este, son más de 20 litigios en los que el gobierno seccional sale adelante en la defensa de los recursos del departamento, ahorrándose el pago de millonarias sumas de dinero por embargos, denuncias y tutelas.
A la ya larga lista de batallas jurídicas ganadas por la actual administración departamental se sumó hoy una nueva victoria en derecho, por cuenta de la revocatoria de una sentencia que obligaba a la Gobernación de Bolívar a cancelar más de 3.000 millones de pesos como consecuencia de una acción de tutela.
La Sala de Decisión Civil, del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Cartagena revocó la acción de tutela, mediante ponencia del 28 de mayo de 2009, a cargo de la Magistrada Betty Fortich Pérez.
La acción de tutela, impetrada por 82 funcionarios y trabajadores del sector administrativo de la Secretaría Departamental de Educación, pretendía el reconocimiento de una prima técnica por evaluación de desempeño, argumentando el derecho a la igualdad frente a otros funcionarios que recibieron ese beneficio. También reclamaba el derecho al debido proceso y a la defensa.
La historia
La tutela había sido admitida mediante auto del 25 de marzo de este año por el Juzgado Segundo Civil del Circuito de Cartagena, que le solicitó a la Gobernación de Bolívar rendir un informe sobre los hechos que motivaron la situación. Nueve días después, el 3 de abril de 2009, el Juzgado concedió la tutela; ante lo cual la Gobernación interpuso recurso de impugnación.
En la impugnación, la Gobernación advierte que los querellantes jamás probaron tener derecho de acceder a la citada prima técnica, ya que las funciones que ellos ejercen no están catalogadas para los niveles de directivos, asesores o ejecutivos y de acuerdo con el decreto 1724 de 1997 son las personas que ocupan esos cargos las que tienen derecho al reconocimiento de esa prima.
En consecuencia, los funcionarios de otros niveles que el 11 de julio de 1997 -fecha a partir de la cual opera el decreto 1724- no hubieren solicitado el reconocimiento de la citada prima, o habiéndola solicitado no fueron objeto de reconocimiento, no pueden ahora aspirar a ello. Es ese el caso de los 82 tutelantes.
La administración departamental insistió, además, en que la tutela no era procedente pues los tutelantes pretenden el reconocimiento de algunos derechos laborales; por lo cual el mecanismo procedente sería una demanda ordinaria, una revocatoria directa u otro recurso administrativo; además enuncian pero no desarrollan la supuesta violación de los derechos que reclaman.
Adicionalmente, en cuanto a los derechos a la igualdad y al debido proceso no existe una relación de causalidad con lo pretendido; pues cada actuación en particular debe ser analizada desde sus propios hechos y no a partir de hechos ajenos a los reclamados; además, los demandantes –agrega la impugnación- no demuestran la discriminación o el trato desigual, sólo se limitan a enunciarlo.
Parte resolutoria
En atención a todas estas argumentaciones, la Sala de Decisión Civil del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Cartagena, consideró que no es posible a través de la acción de tutela ordenar a la Gobernación de Bolívar que reconozca y pague la citada prima técnica a los querellantes, por lo cual la acción resulta improcedente por existir otro medio de defensa judicial para el asunto en cuestión.
Respecto al derecho a la igualdad, la Sala expresa que de las pruebas allegadas al proceso no se evidencia vulneración o violación de ese derecho por parte de la Gobernación, “porque no existe en el expediente un sustento válido o una semejanza que demuestre que hay un trato desigual con los actores de la tutela en relación con otros trabajadores”.
Johan Toncel Ochoa, secretario jurídico de la Gobernación de Bolívar, destacó que con éste ya van más de 20 casos en los cuales la administración departamental recupera millonarios recursos que estaban prácticamente perdidos por cuenta de demandas, embargos o tutelas.
Contacto periodístico: Milton Cabrera Fernández – Cel.: 300 8118679 – 314 5922492
Unidad de Prensa y Comunicaciones - Gobernación de Bolívar – 09/06/2009
martes, 9 de junio de 2009
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